miércoles, 27 de febrero de 2008

Aire libre de humo de tabaco

El día de ayer fueron aprobadas dos leyes que afectan el consumo y venta de tabaco en México. Una de ellas, la Ley General para el Control del Tabaco, es de orden federal, y fue aprobada por una mayoría abrumadora en la Cámara de Senadores. La otra, la Ley de Protección a la Salud de los no Fumadores en el DF, es de orden local y solo aplica a la Ciudad de México. Ésta última fue aprobada desde diciembre pasado y entró en vigor el pasado 11 de enero, pero lo que se discutió ayer fueron algunas modificaciones al texto de la misma.

Uno de los aspectos más discutidos de esta ley es el que tiene que ver con las restricciones para los fumadores en espacios públicos, particularmente en cafeterías y restaurantes. Estos establecimientos debían contar con una zona para fumadores debidamente separada del resto del local, situación rara vez cumplida. Con la reforma de ayer esa división de secciones ya no es necesaria, pues cualquier establecimiento abierto al público en general será considerado como una zona de no fumar. Esta modificación ahora incluye también a bares y centros nocturnos, los que anteriormente eran excusados por contar con una licencia de operaciones tipo B, la cual estipula que solo dan servicio a mayores de edad, pues ahora también son considerados como espacios 100% libres de humo de tabaco.

La medida busca reducir el riesgo de enfermedades producidas por el Humo de Segunda Mano a quienes se conoce como fumadores pasivos. Según datos publicados por el INEGI en el 2002, En México la prevalencia de fumadores activos es del 26.4% en personas de áreas urbanas entre 12 y 65 años de edad, en tanto que los fumadores pasivos, que son las personas expuestas al humo de tabaco de segunda mano, equivalen al 36.1% de la población general. Cifras como esas son las que han llevado a legisladores de todo el mundo a crear leyes para regular el consumo del tabaco y finalmente ha sucedido en México, donde existía una vieja ley que jamás se buscó cumplir.

Aparentemente no existe ningún conflicto entre la Ley de Protección a la Salud de los no Fumadores en el DF y la Ley General para el Control del Tabaco, pues la primera operaría dentro del marco legal contemplado por la segunda. La ley federal tiene un alcance mucho más amplio, pues impondrá reglamentos que afectarán la producción, distribución, promoción, comercialización y consumo del tabaco y sus productos derivados. Durante los próximos meses se discutirá la aprobación en los congresos estatales y la creación de los reglamentos pertinentes para que la ley pueda entrar en vigor. Más detalles sobre esa ley en un próximo post.

No hay comentarios.:

Publicar un comentario